
Mesa redonda con el Ex.ministro de trabajo D. Rafael Calvo Ortega, antes de la "crisis que ahora esta en todos los medios de comunicación del mundo", donde comentaba una serie de cuestiones ya debatidas en medios internacionales que auguraban lo que podía suceder:
"La responsabilidad social corporativa es una expresión o concepto criticado desde una perspectiva jurídica, porque, hablar de responsabilidad social corporativa es una ambigüedad y hay muchos juristas que ponen de manifiesto siempre esta nota crítica.
En un debate en el que participe hace unos días, uno de los ponentes nos hacía ver a todos que la idea de una Responsabilidad social Corporativa, entendida como una línea de conducta de los cuerpos sociales de las sociedades, era algo que estaba ya en los primeros años de la Revolución industrial y ponía de manifiesto como entonces, este tipo de empresario que es un sujeto histórico concreto que debe muy poco a la sociedad, que casi no debe nada a las administraciones públicas, y se preocupaba de presentar una imagen, acuciado por las urgencias sindicales y los trabajadores, de un correcto comportamiento ético de las sociedades.
El empresario de hace un siglo efectivamente poco tenía que ver con las administraciones públicas porque estas existían de manera muy débil, poco tenían que ver con la sociedad. Los inversores, como hoy los conocemos, no existían y su gran interlocutor eran el trabajador y los sindicatos entones incipientes.
Siendo así, las cosas han cambiado y hoy nos encontramos con una situación distinta. El empresario si debe mucho a la administración pública, aunque esta sea una idea en crisis y normalmente no se dice, si debe mucho a las administraciones públicas, no porque estas construyan como poderes públicos sus ordenamiento sino porque estas administraciones, estos poderes públicos hacen algo ya mucho más concreto, están inyectando continuamente recursos dinerarios a través de subvenciones, de exenciones fiscales, y son las empresas las principales beneficiarias de este esfuerzo público. Por tanto las administraciones públicas, si tienen un título para exigir a las empresas un comportamiento ético pero también lo tiene la sociedad.
Los inversores se cuentan por millones, si viésemos la representatividad, no sólo de los fondos de inversión sino de los fondos de pensiones, nos quedaríamos perplejos de la potencia de estos inversores y los seres humanos que hay detrás de ellos, por lo tanto también la sociedad tiene mucho que exigir y que decir a las sociedades para exigir de ellas un comportamiento lo más próximo a una ética empresarial.
Algunas grandes cuestiones; ¿tenemos que seguir profundizando por una línea ética empresarial y de autogobierno de las empresas o por el contrario tenemos que volver a confiar, en lo que ha confiado Occidente: en las normas jurídicas y en los poderes públicos, (no exclusivamente pero si preferentemente)? . Hace unos días, en una universidad europea, una gran corriente de opinión decía: Nosotros debemos el progreso en una gran medida a la actuación de los poderes públicos. Los países como España que son países de régimen administrativo heredado de una cultura jurídico-pública debemos bastante a estas actuaciones de los poderes públicos de nuestro progreso, por tanto parece que si solo hablamos de autogobierno de las empresas, poco o nada tienen que decir los ordenamientos de cómo debemos de comportarnos.
Otra cuestión, de alguna forma ligada a la anterior es: ¿Qué responsabilidad tienen los poderes públicos en la situación actual de grandes hechos indeseables, de grandes escándalos vinculados a las empresas de tipo contable, de naturaleza auditora, de comportamiento indebido frente a trabajadores, frente a inversores etc?. ¿Que responsabilidad tienen esos mismos poderes públicos, en el caso de que confiemos en ellos, porque han sido incapaces de mantener actualizado su ordenamiento?.
Esta es una gran cuestión, yo tengo que decir que sorprende que se tarde no años, sino décadas, en adecuar una norma jurídica a la actuación de los poderes y a las nuevas realidades.
(Trabajo en estos momentos en un debate sobre la nueva ley general tributaria que tiene cuarenta años a sus espaldas, (se dice pronto), es la ley de 1963 y todavía, ante la perplejidad de algunos críticos y pensadores, estamos discutiendo como sustituir la ley por otra nueva.)
La tercera cuestión es: ¿Los poderes públicos cumplen con su deber de clarificar , de sistematizar, de rectificar, de observar la realidad?
Si nosotros optásemos por un autogobierno, podríamos preguntarnos dentro de la Unión Europea: ¿para avanzar en ese autogobierno que tenemos que hacer?; ¿ una especie de código único?, lo cual es defendido en Bruselas por bastantes sectores de la comisión, o por el contrario, según el informe Whinter, ¿tendríamos que construir un código que se limitase a señalar nada más que unas grandes directrices y que después cada país pudiese articular esa directrices como quisiera y como tuviese por conveniente?
Una cuestión nueva que empieza a preocupar en Estados Unidos, son los famosos comités de nombramientos y de retribuciones. Es una cuestión de moda pero, naturalmente, ya empiezan a preguntarse los pensadores de estas cuestiones: Si tenemos que admitir que estos comités formados por agentes externos, consejeros externos y personas externas nos hagan los nombramientos de las empresas y nos digan como debe de actuar, estamos ante un proceso de desnaturalización del empresariado, estamos arrancando de las manos de los agentes económicos, que asumen riesgo, algo tan esencial como es designar a las personas que van a vertebrar una empresa y fijar las retribuciones.
Me gustaría, ya dentro de un marco medioambiental, que pensásemos si en algún momento nosotros debemos de dar algún tratamiento, aunque fuese puramente simbólico a aquellos agentes económicos que en las relaciones con sus interlocutores económicos dan una importancia al medioambiente.
Un punto que está en discusión en las Universidades, se refiere a la necesidad de que las personas jurídicas, las sociedades, sean sujetos penales en los delitos contra el medioambiente. Sabemos bien que los códigos penales de nuestro tiempo, de nuestro ordenamiento excluyen a las sociedades. Las sociedades no son responsables penales, no tienen una capacidad de delinquir.

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